¿Es sancionable la provocación del Cholo Simeone a Vinicius?
SUPERCOPA DE ESPAÑA
Podría ser castigado por conducta contraria al buen orden deportivo si el Real Madrid lo denuncia ante la RFEF


- Ramón Fuentes
Periodista - Madrid
Han pasado las horas y solo se sigue hablando de las provocaciones del Cholo Simeone a Vinicius en la primera parte. Según captaron las cámaras de Movistar en su retransmisión, el técnico argentino le insinúa al brasileño aprovechando que estaba jugando en la banda próxima al banquillo del técnico argentino, que Florentino Pérez le va a echar. Un diálogo que se enmarca dentro de lo que pasa en el campo y donde el entrenador del Atlético Madrid alude a la negociación que tiene el brasileño con el club blanco de su contrato que finaliza en junio del 2027.
La pregunta que surge es: ¿Se puede sancionar la actitud del Cholo Simeone? Inicialmente, no porque el acta de Mateo Busquets Ferrer no recoge nada sobre este incidente. Solo hace constar la amarilla a los dos cuando el brasileño fue sustituido a los 81 minutos. Y, en ambos casos, por “discutir sin llegar al insulto y la amenaza”.
Pero si podría ser sancionado si el Real Madrid decidiera denunciar este incidente ante la RFEF y cuyo plazo inicialmente concluye este viernes a las 14:00.
En el momento que haya denuncia, el Juez de Competiciones no Profesionales debería entrar según el artículo del Código Disciplinario relativo a la iniciación de un procedimiento que dice lo siguiente:Por providencia del órgano competente de oficio, a solicitud del interesado/a, o a requerimiento del Consejo Superior de Deportes.
La incoación de oficio se podrá producir por iniciativa del propio órgano, en virtud de denuncia motivada o con base en los informes de los/as Oficiales Informadores/as y de los Oficiales Especializados en la lucha contra la violencia, el racismo, la xenofobia, la intolerancia y en general, la discriminación de cualquier índole”
Si esto llegara a producirse, el Juez debería abrir este procedimiento para recabar la información necesaria.
Y la pregunta siguiente es: ¿Y qué sanción podría imponerse a Diego Pablo Simeone? Dos son los escenarios, siempre que medie denuncia y el Real Msdrid aportase el video con este incidente.
La primera sería considerar la actitud del técnico argentino como una provocación. En ese caso podría aplicarse el artículo 123 relativo a los insultos, amenazas y provocaciones que dice lo siguiente: “Insultar, ofender, amenazar o provocar a otro/a, siempre que no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes”.
Otra opción sería considerar la actitud del técnico argentino como una conducta contraria al buen orden deportivo recogido en el artículo 129 del Código Disciplinario cuya redacción es la siguiente: “Incurrirán en suspensión de hasta cuatro partidos o multa hasta 602 euros aquéllos/as cuya conducta sea contraria al buen orden deportivo cuando se califique como leve”. Pero para ello es necesario que medie una denuncia del Real Madrid o un tercero. Porque el órgano disciplinario no va a entrar de oficio. No se produce desde que José Mourinho metió el dedo en el ojo al desaparecido Tito Vilanova. Fue precisamente en la Supercopa de España del 2011.

