Roberto Gómez, técnico de Hacienda: "Si el garaje o trastero se adquieren posteriormente, aunque sea donde residen habitualmente, tributará como imputación de rentas"
FINANZAS
"Si se tiene una segunda vivienda que está vacía, se tributa por imputación de rentas"
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Aún quedan un par de meses para que de comienzo la campaña de la Renta 2025-2026, en el mes de abril que se extenderá hasta el 30 de junio. Durante ese periodo millones de contribuyentes deberán rendir cuentas a Hacienda, dependiendo del caso puede salir a pagar, si se debe dinero a la Agencia Tributaria o a devolver.
El técnico de Hacienda, Roberto Gómez Rubio, ha detallado a través de una publicación en sus redes sociales cuáles son los impuestos que afectan en materia inmobiliaria desde que se compra una vivienda.
Muchas personas no saben el efecto fiscal real que existe cuando hay una gran cantidad de tributos presentes. "Si se tiene una segunda vivienda que está vacía, se tributa por imputación de rentas", adelanta el experto.

Este concepto suele generar dudas; implica el pago de un impuesto calculado como el 2% o el 1,1% del valor catastral del inmueble, una medida con la que Hacienda puede multar a los propietarios que no cumplan ciertos requisitos.
Al comprar una vivienda, la fiscalidad cambia según se trate de obra nueva o de segunda mano. En el caso de los inmuebles nuevos, el comprador debe pagar un 10% de IVA, además del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD).

La tributación dependerá del uso que se le dé a cada inmueble: la vivienda habitual está, por norma general, exenta de tributación en el IRPF. Esta exención incluye garaje y trastero siempre que se hayan adquirido en la misma escritura. Sin embargo, Gómez advierte a modo de conclusión: "Si el garaje o trastero se adquieren posteriormente, aunque sea donde residen habitualmente, tributará como imputación de rentas".

